El Vaticano pide que no se difundan acusaciones que puedan dañar la reputación de una persona, sobre todo, si no hay una sentencia que la declare culpable en un proceso civil o eclesiástico. Y, con más énfasis aún, si dicho sujeto ha fallecido.
Es la respuesta que ha dado el Dicasterio para los Textos Legislativos a una carta que les llegó en julio, y en la que un anónimo preguntaba cómo está regulado en el derecho canónico el concepto de la buena fama de los difuntos.